Secretaría de Derecho Público Provincial y Municipal

Autoridades

Prof. Julio Rodríguez Signes

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LOS RECURSOS PARA HACERLOS EFECTIVOS

Uno de los avances más constatables desde la recuperación de la democracia es la defensa de los derechos humanos como derechos fundamentales.

En la actualidad nos preocupa el grado de concreción de los derechos fundamentales, en especial aquellos que requieren de un hacer más o menos complejo de la Administración. Es decir, los que requieren recursos y una organización administrativa que los haga realidad en todos los niveles jurisdiccionales.

Desde la Secretaría de Derecho Público Provincial y Municipal propiciamos el estudio de la relación entre recursos y derechos fundamentales, lo que nos lleva al análisis de los presupuestos de las jurisdicciones, nacional, provincial y municipal y las normas que rigen la coparticipación entre estos tres niveles.

Asimismo, propiciamos el análisis de la ley 27260 en cuanto contiene importantes disposiciones vinculadas a la asignación de recursos a las Provincias.

En primer lugar los artículos los artículos 24 a 26 que disponen la ratificación del Acuerdo suscripto con fecha 23 de mayo de 2016 entre el Estado nacional, los gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, referido a la devolución progresiva del 15% detraído a las Provincias para el financiamiento del ANSES

En segundo lugar el artículo 27 que instruye al Poder Ejecutivo nacional que, por intermedio del organismo pertinente, arribe en un plazo de ciento veinte (120) días, a un acuerdo con las provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos a la Nación a fin de compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto de aquellas jurisdicciones que sí hubieran transferido sus regímenes previsionales, de manera de colocar a todas las provincias en pie de igualdad en materia previsional.

En tercer lugar el art. 77 que crea  en el ámbito del Poder Legislativo nacional, la «Comisión Bicameral para la Reforma Tributaria»,  integrada por quince (15) diputados y quince (15) senadores y tendrá como objeto el análisis y evaluación de las propuestas de reforma del sistema tributario nacional que elabore y remita el Poder Ejecutivo nacional.

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES, LA ORGANIZACIÓN Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Algunos juristas sostienen que el derecho administrativo es el derecho procesal de la Constitución. Lo que se quiere decir es que existe una íntima vinculación entre los derechos consignados en la Constitución y los Tratados de Derechos Humanos y la función administrativa.

Para la eficacia de los derechos fundamentales se requiere una organización y un procedimiento administrativo adecuado.

Por ello desde la Secretaría de Derecho Público Provincial y Municipal se propicia el análisis de la organización administrativa, en particular en los niveles provincial y municipal, aunque sin dejar de observar que desde la organización administrativa del Gobierno Nacional también se administran cuestiones vinculadas a las Provincias y los Municipios.

Además, se propicia la modernización de los procedimientos administrativos.

Trabajo Presentado en el marco de las Jornadas Preparatorias del XLIII Jornadas Nacionales y XIII Congreso Internacional de Derecho Administrativo a desarrollarse los días 27, 28 y 29 de septiembre 2017

Paraná 30 de agosto de 2017